refugiar. (Del
lat. refugĭum).
1. tr. Acoger o amparar a alguien, sirviéndole de
resguardo y asilo.
Lugar de abrigo, cobijo y protección. Aislamiento
Es sorprendente, la percepción tan diferente que
podemos tener de un refugio. Nuestro instinto nos inclina a la búsqueda de
protección, y sorprendentemente esto nos ha llevado a juntarnos en sitios tan
distintos como bunkers, iglesias, o,
porqué no, conciertos, playas, museos o hasta el gimnasio.
La creación
de las ciudades, de las grandes uniones, no deja de ser una respuesta a nuestra
necesidad de protección. Sin embargo, en nuestro interior, nuestras
aspiraciones más íntimas y nuestras ambiciones individuales pueden chocar con
esta respuesta colectiva.
Esta será
la línea de aproximación a esta serie de Refugios.
Lugares
mágicos, en donde profundizar sobre nuestro propio ser. Sitios, que bien por
ahogarnos con su absoluta belleza, bien por su capacidad de abstraernos, nos
invitan a relajarnos, despreocupándonos, ayudándonos a seguir adelante.
Recordándonos la sencillez, la hermosura del equilibrio, y nuestras
dificultades para conseguirlo.
Visitar A Costa da Morte es visitar a las
fábulas, a los temores, a las historias e intrigas de naufragios, es contemplar
la fuerza del mar.
Este primer refugio es, cómo no podía ser de otro
modo, una reseña oculta, una casualidad.
En pleno corazón de la Costa, fuera del abrigo de la ría. Dónde el atlántico muestra su mayor crudeza y aprovechando un entrante de mar, se levanta un muro con el que controlar y aprovechar su fuerza.
Nos encontramos ante la cetárea “vieja” de
Camariñas.
Un fuerte muro de granito, torpemente ampliado con
hormigón, que permite controlar la entrada y salida de agua de las “piscinas”
Un débil entramado de pasarelas permitía el acceso a las piscinas y el cuidado del marisco.
Del mismo modo que las conocidas cetáreas de principio de s.XX en Rinlo, Ribadeo.
Nos encontramos ante un antiguo criadero de marisco, en el que, de forma ingeniosa y sencilla, se conseguía una piscina natural con la que aprovechar las mareas y poder criar centollas y langosta.
Un grueso muro de granito, al que se añade una puerta con la que permitir la entrada del mar.
Sorprende como el tiempo ha ido aislando estas instalaciones, sin luz, sin agua,
tan sólo la presencia de un pequeño faro consigue mantener el acceso de tierra.
Con nuestra arraigada tradición y cultura del ocio, extraña no verlo convertido en un restaurante, en una coqueta casa rural o, por qué no, en un centro de talasoterapia natural.
Quizá su tamaño sea demasiado pequeño, y esto, siempre abre esa ventana de ilusión.
Sin embargo, debemos ser muy cautos cuando hagamos un estudio en términos de cambio de uso, y muy especialmente, si se trata de uso residencial.
La normativa es, y siempre lo ha sido, clara e inflexible.
De hecho, cierra toda posibilidad, fuera del objeto para el que fue concebido:
Lavadero de marisco, cetárea o similar. Todo cambio estará sujeto a una nueva concesión de costas (en lo que se refiere a las piscinas, que se encuentran en Dominio Público.)
Y el uso residencial, se encuentra terminantemente prohibido en la afección de protección de costas, en la que indudablemente se encuentra la pequeña construcción.
Recientemente se ha publicado una modificación sobre la ley de costas, con la que permitir el uso comercial-residencial de instalaciones existentes, faros en funcionamiento, baterías militares abandonadas, etc.
La ausencia de responsabilidad legal y la opacidad del proceso arrojan demasiadas incertidumbres.
Esperamos que sirva para poner en valor y compartir la magia de estos refugios ocultos.
La normativa es, y siempre lo ha sido, clara e inflexible.
De hecho, cierra toda posibilidad, fuera del objeto para el que fue concebido:
Lavadero de marisco, cetárea o similar. Todo cambio estará sujeto a una nueva concesión de costas (en lo que se refiere a las piscinas, que se encuentran en Dominio Público.)
Y el uso residencial, se encuentra terminantemente prohibido en la afección de protección de costas, en la que indudablemente se encuentra la pequeña construcción.
Recientemente se ha publicado una modificación sobre la ley de costas, con la que permitir el uso comercial-residencial de instalaciones existentes, faros en funcionamiento, baterías militares abandonadas, etc.
La ausencia de responsabilidad legal y la opacidad del proceso arrojan demasiadas incertidumbres.
Esperamos que sirva para poner en valor y compartir la magia de estos refugios ocultos.